El artículo presenta una concepción del desistimiento de la tentativa, fundada en un modelo de teoría de las normas que sustenta la caracterización general de la tentativa como un “delito imperfecto”. A partir del hallazgo de la “bidimensionalidad” del desistimiento, se ofrece una explicación de la necesidad de diferenciar su referencia-a-la-consumación, por un lado, y su referencia-ala-tentativa, por otro. Esto hace posible delinear una comprensión del desistimiento que se distancia de su entendimiento como una “modificación del hecho” y que lo identifica, más bien, con una “revisión” del respectivo quebrantamiento (imperfecto) de la norma. El análisis así desplegado lleva a favorecer una categorización sistemática del desistimiento como una condición negativa de la (sola) punibilidad de la tentativa en cuestión.