La figura del consorcio local y su consideración como Entidad local, ha sido un tema sujeto a constante discusión, tras la entrada en vigor de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, de 1985. Esta discusión se ha acrecentado aún más, si cabe, desde la entrada en vigor de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Junto a lo anterior, la potestad tributaria del consorcio, es otro asunto que genera una constante discusión. Este trabajo pretende poner de manifiesto, no sin cierta controversia, que el consorcio no es una Entidad local —porque el legislador básico estatal así lo quiso— y por tanto no puede gozar de potestad tributaria alguna.
The local Consortium and its consideration as Local Authority has been a topic under constant discussion since Law, of 1985, regulating Local Regimen Bases came into forced. This discussion has increased even more when the Law of rationalization and sustainability of the Local Administration came into force. In addition to that, the taxing rights of the Consortium, is another issue that generates constant debate. This work tries to point out, although with some controversy, that the Consortium is not a Local Authority —because the basic central government legislator wanted to be this way— and, therefore, it cannot have any tax rights.