Este estudio pretende realizar una aproximación a la llamada �doctrina Parot� atendiendo al particular entorno político y social en que se formuló, prestando atención a las instituciones jurídicas a las que ha afectado, sus orígenes y desarrollo; y conectándola con las actuales tendencias doctrinales y legales que parecen significar un retorno al positivismo y al retribucionismo de épocas pasadas. Y en tal dinámica, el profundo significado de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos del Hombre (TEDH) de Estrasburgo, en su interpretación del artículo 7 en conexión con el artículo 5 de la Convención Europea de Derechos del Hombre (CEDH), de lo que da cuenta la Sentencia del TEDH de 21 de octubre de 2013, dictada en el caso �del Río c. España�