La liquidación del régimen económico de separación de bienes y la posibilidad de reclamar una cantidad que compense la diferencia patrimonial producida por la dedicación a la familia o al trabajo del otro cónyuge, son los presupuestos de la compensación económica por razón de trabajo.
La aprobación del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña nos obliga a plantear los cambios en esta materia, los límites a la actuación de este derecho y los posible acuerdos a los que hayan llegado los cónyuges y el modo de hacerlos efectivos. A ello se une que en fecha reciente el TS � en una sentencia dictada en interés de ley- ha puesto de manifiesto su oposición a los criterios seguidos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y ha considerado que el pago de la compensación por razón de trabajo realizado en bienes no está exento del pago del impuesto de transmisiones.