La descentralización de la aplicación de la legislación de defensa de la competencia en España ha conducido a la creación por las Comunidades Autónomas de organismos y autoridades administrativas encargadas de ese cometido. En la actualidad la mayoría de procedimientos sancionadores que se incoan en nuestro país se ventilan ante las autoridades autonómicas, que desempeñan otras funciones consultivas y de promoción y abogacía de la competencia.
En materia de control de operaciones de concentración de empresas, sin embargo, hasta la fecha la legislación estatal sólo contempla una muy limitada intervención consultiva de las autoridades autonómicas en aquellas operaciones que tengan una incidencia significativa en el ámbito autonómico. El recurso de inconstitucionalidad del gobierno canario en 2008 contra la Ley de Defensa de la Competencia por la limitación de las competencias autonómicas en esta materia, la reforma del estatuto de autonomía de Cataluña en 2006 y la STC 31/2010, de 28 de junio, permiten considerar la posibilidad de que en el futuro exista un control autonómico de las concentraciones empresariales. En el marco de la singular experiencia de descentralización de la defensa de la competencia en España, este trabajo examina esa cuestión y las implicaciones que podrían tener las eventuales potestades autonómicas en materia de control de concentraciones.