Cordoba, España
Impulsado por la acción legislativa de la Unión Europea, especialmente en forma de directivas, el legislador español ha acometido determinadas reformas de la Ley de Competencia Desleal en materia de protección de consumidores y malas prácticas digitales. En este trabajo se analizan algunas de las más relevantes. Y se deducen de ellas varias tendencias de política legislativa; a saber: a) la acentuación de la fragmentariedad del Derecho español de la competencia desleal; b) la presencia de una fisonomía cada vez más próxima al Derecho administrativo sancionador; y c) la ruptura de la tradicional separación entre el Derecho de la deslealtad concurrencial y el Derecho de contratos. Junto a esto, el autor advierte que el Derecho de la competencia desleal presenta escasa eficiencia práctica en el ámbito de la protección de los consumidores y usuarios, razón por la cual reclama ciertos cambios normativos que, en la medida de lo posible, reviertan esta situación. Finalmente, propugna que este sector del ordenamiento jurídico no renuncie a ser lo que ha sido, en esencia, desde su surgimiento y posterior evolución: una parte del Derecho mercantil entendido como Derecho privado regulador de los empresarios en el ejercicio de sus actividades empresariales en régimen de competencia en el mercado.