El equilibrio entre los sistemas de protección judicial de los derechos fundamentales establecidos, respectivamente, por el TJUE y por los Tribunales Constitucionales nacionales se basa en el reconocimiento de la primacía del Derecho de la UE, asumiendo implícitamente que el Tribunal de Luxemburgo garantizaría un mayor nivel de protección de los derechos fundamentales. La sentencia Melloni demostró que eso no siempre habría de ser así puesto que en casos en que se considerara comprometida la primacía, unidad y eficacia del derecho de la UE éste podría prevalecer. Este trabajo aborda algunas de las consecuencias que la sentencia Melloni ha podido tener en el diálogo entre tribunales y cómo en la construcción del constitucionalismo multinivel los tribunales constitucionales pueden haber adoptado actitudes diferentes.