Alejandro de Pablo Serrano, Patricia Tapia Ballesteros
Este trabajo aborda los problemas que ofrece la eventual penalización del discurso del odio. Por un lado, la existencia de este delito debe descansar en un bien jurídico claro y merecedor de protección penal. A tales efectos, se examinan algunas de las propuestas doctrinales más sólidas en Derecho español y comparado, y que mejor encajan con la doctrina del Tribunal Constitucional. Por otro, la tipificación de las conductas constitutivas de discurso del odio se enfrenta a las dificultades propias del mandato de taxatividad, que el presente estudio analiza en el marco del art. 510 del Código Penal, tras la reforma de 2015.