Con la estrategia del Mercado Único Digital, la Comisión ha dejado atrás el CESL y, en su lugar, ha desdoblado sus contenidos en dos Propuestas de Directivas, una para el comercio online y a distancia de bienes y otra para el de contenidos digitales, que tienen carácter de máximos. Este artículo es un análisis de la Propuesta de Directiva relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa en línea y otras ventas a distancia de bienes. A pesar de las novedades que aporta, no rompe con los esquemas clásicos a que ya estamos acostumbrados. La norma supone una reelaboración de ciertos aspectos de la Directiva 99/44 y, si llegara a aprobarse, en Europa existiría un doble régimen jurídico para la venta de bienes de consumo, según la contratación fuera presencial o a distancia. Es algo que, desde luego, no contribuye a evitar la fragmentación del mercado interior.