Oviedo, España
La reforma del Código Penal de 2015 ha incorporado al art. 510 CP las figuras de negación, enaltecimiento y trivialización grave del genocidio y de otros delitos, de forma que se desvinculan de la provocación directa a cometer los delitos correspondientes. El objeto de este trabajo es doble. En primer lugar, defender las razones del legislador a la hora de adoptar esta decisión desde la perspectiva de la moderna política criminal internacional protectora de la integración y defensa de las minorías. En segundo lugar, se realiza una crítica de la concreta tipificación de estas figuras, especialmente de la definición de las conductas reguladas en el art.
510.1.c), por la excesiva indeterminación de las mismas que se opone a los postulados de la jurisprudencia española reciente, la cual entiende que deben ser aplicados restrictivamente los delitos de opinión motivados por el odio, propuesta que mantenemos a lo largo de este estudio.