La proliferación de casos de secuestro internacional de menores por uno de los progenitores en situaciones de ruptura familiar, ha llevado a las autoridades de los países que puedan verse involucrados y a las Organizaciones Internacionales, a intentar a través de la mediación, de encontrar «soluciones amigables» teniendo como eje fundamental «el interés superior del menor». En la misma línea, se enmarca el Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980, que pretende crear un marco a nivel internacional, por medio del cual las autoridades judiciales y administrativas de los países implicados puedan colaborar, para reponer a la mayor brevedad posible al menor en cuestión, a su Estado de residencia habitual previo al secuestro, y del que ha sido sustraído ilegalmente.
The proliferation of cases of international child abductionby one parent or the other involved in family break-up, has forcedthe authorities of countries potentially involved and internationalorganizations, to find «friendly settlements» by means of mediation,having «the best interests of the child» as its fundamental axis. TheHague Convention of October 25th/1980 is framed within the samescope, which pretends to create an international level structure,through which the judicial and administrative authorities of the countriesinvolved, could collaborate in order to return the child, as soonas possible, to his/her previous to abduction habitual State of residence,and from which the child has been illegally abducted.