Raúl Luis García González, Juan Pastor Merchante
En su sentencia de 12 de enero de 2016 (asunto Barbulescu vs Rumanía), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluye que no existió vulneración de los derechos a la vida privada y a la correspondencia del señor Barbulescu, quien había sido despedido de su empresa tras haberse comprobado que había hecho mal uso, al comunicarse con su pareja y su hermano, de un servicio de mensajería que había sido puesto a su disposición para exclusivo uso profesional. La sentencia vuelve a poner sobre la mesa una cuestión controvertida y de rabiosa actualidad, a saber, dónde está el límite a la injerencia del empresario en la esfera privada del trabajador, particularmente en lo que respecta al acceso a sus comunicaciones online.