En su sentencia de 12 de enero de 2016 (asunto Barbulescu vs Rumanía), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluye que no existió vulneración de los derechos a la vida privada y a la correspondencia del señor Barbulescu, quien había sido despedido de su empresa tras haberse comprobado que había hecho mal uso, al comunicarse con su pareja y su hermano, de un servicio de mensajería que había sido puesto a su disposición para exclusivo uso profesional. La sentencia vuelve a poner sobre la mesa una cuestión controvertida y de rabiosa actualidad, a saber, dónde está el límite a la injerencia del empresario en la esfera privada del trabajador, particularmente en lo que respecta al acceso a sus comunicaciones online.