Uno de los objetivos clave en el proceso de revisión del Reglamento 44/2001 era mejorar su funcionamiento a nivel internacional, con la extensión de aplication de las normas de competencia judicial internacional a los demandados domiciliados en terceros países. Se pretendía sustituir por completo el papel subsidiario de las normas nacionales. Sin embargo, el Reglamento 1215/2012 se ha quedado a medio camino, extendiendo el ámbito de aplicación de sólo algunas de sus normas. En el presente trabajo se analizan los problemas interpretativos que ello puede generar, así como el impacto que tiene en nuestro sistema de competencia judicial internacional.
One of the key objetives in the review process of Regulation 44/2001 was to improve its operation at international level, with the application of the rules on international jurisdiction to defendants domiciled in third countries. The objective was to eliminate the subsidiary role of national rules. However, Regulation 1215/2012 has finally extended the scope of application of just a limited number of rules. This article analyses the interpretative problems which may cause this solution as well as its impact on our national system of international jurisdiction.