Estudio de las causas que han conducido a configurar la caducidad de los procedimientos administrativos iniciados de oficio de contenido desfavorable como una técnica ineficaz. La primera de tales causas se identifica en el complejo y cauteloso proceso de formación del correspondiente régimen jurídico, que ha ido generando interpretaciones divergentes. La segunda causa consiste en un establecimiento erróneo o incompleto del fundamento de la institución, que ha llevado a notables desenfoques en su aplicación. Finalmente, las causas anteriores se articulan en una causa práctica final que engloba la inevitable sucesión de problemas hermenéuticos, que han afectado principalmente al ámbito de aplicación de la técnica, la necesidad de denunciar la mora y la posibilidad de reapertura del procedimiento caducado, incluyendo el alcance del archivo de actuaciones. Por virtud de tales problemas, se da la concluyente paradoja de que la caducidad del procedimiento administrativo iniciado de oficio, institución forjada para fortalecer la eficacia administrativa, haya terminado por resultar altamente ineficaz.
Study of the causes which have configured the expiration of administrative ex officio proceedings with unfavourable content as an ineffective technique. The first cause is identified as the complex and cautious process of formation of the corresponding legal regime, which has generated divergent interpretations. The second cause lies in the incorrect or incomplete foundations of the technique, originating significant blurs in its application. Thirdly, the aforementioned causes are articulated in a final practical cause which includes the inevitable succession of interpretative problems -affecting the scope of application of the technique-, the need to denounce the delays and the possibility of reopening the expired proceedings. By virtue of such problems, there is the paradox that the expiration of the administrative ex officio procedure, aimed at strengthening the administrative effectiveness, has resulted highly ineffective.