El artículo aborda el tema de las subvenciones condicionadas. Desde el año 1992 el Tribunal Constitucional sigue una jurisprudencia que se ha consolidando con el paso del tiempo. Esta jurisprudencia parte del concepto de autonomía financiera de las CCAA. Sin embargo el marco financiero del Estado ha variado en estos últimos casi veinte años, ¿sigue teniendo sentido esa jurisprudencia constitucional? Los nuevos Estatutos de Autonomía reformados en muchos casos contienen artículos que reproducen esa jurisprudencia constitucional, si bien sin incluir algunos de sus matices, ¿son esos Estatutos constitucionales en este punto? En fin, ¿seguirán el Estado otorgando subvenciones condicionadas? ¿Seguirán las Comunidades Autónomas �viéndose en la necesidad� de aceptarlas? ¿Tiene sentido que el Estado haga uso de este instrumento de política económica? ¿Es jurídicamente legítimo que lo haga? A todas estas cuestiones pretende responde este artículo.