En este trabajo se hace un análisis de la STJUE de 22 de febrero de 2024 (C-59/22, C-110/22 y C-159/22) en la que se establece, por vez primera, que la declaración de «fijeza» de los contratos laborales temporales que hayan sido objeto de alguna irregularidad por parte de la Administración es una posible solución para prevenir dichos abusos en los términos de la cláusula 5.ª de la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada, incluso aunque ello suponga modificar la jurisprudencia dictada sobre los arts. 23.2y 103.3 CE. La sentencia supone un importante punto de inflexión e implica una intensa laboralización del empleo público, aplicando directamente la legislación laboral y poniendo en jaque los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.