Augusto Hernández Manzanares
Este artículo analiza la doctrina jurisprudencial más reciente sobre la posibilidad de que las Comunidades de Propietarios puedan prohibir en los estatutos el alquiler de viviendas para usos turísticos, y todo ello teniendo en cuenta sobre todo, las recientes Sentencias de Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 1232/2024 y 1233/20224, de 3 de octubre, interpretando y aplicando el artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, introducido por el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, en el sentido que el término «limitar» no excluye la prohibición.