Este artículo analiza la doctrina jurisprudencial más reciente sobre la posibilidad de que las Comunidades de Propietarios puedan prohibir en los estatutos el alquiler de viviendas para usos turísticos, y todo ello teniendo en cuenta sobre todo, las recientes Sentencias de Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 1232/2024 y 1233/20224, de 3 de octubre, interpretando y aplicando el artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, introducido por el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, en el sentido que el término «limitar» no excluye la prohibición.