La Ley 7/2022 impone a los ayuntamientos el establecimiento de una tasa o tarifa que financie el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos, las cuales habrán de ser específicas, diferenciadas y no deficitarias. La determinación y justificación del importe de las tasas o tarifas deberá plasmarse en un informe económico-financiero que incluya los costes directos e indirectos del servicio, los ingresos que genere y los módulos de reparto del coste neto entre los contribuyentes. Una de las principales novedades es la relativa a la introducción del pago por generación como elemento cuantificador.
Law7/2022requiresmunicipalitiestoestablishachargeorfeetofinancethewasteco-llection,transportandtreatmentservice,whichmustbespecific,differentiatedandnotdeficient.Thedeterminationandjustificationoftheamountofthechargesorfeesmustbereflectedinaneconomic-financialreportthatincludesthedirectandindirectcostsofthe service, the revenue it generates and the modules for distributing the net cost among taxpayers. One of the main novelties is related to the introduction of pay as you throw asaquantifying element