Una empresa ha presentado en el DEUC la declaración de los servicios que ha ido prestado indicando todos los datos de la solvencia técnica y económica. Una vez realizada la clasificación, se le requiere para que presente la acreditación de lo declarado. Y no presentándolo, se le requiere que subsane. ¿Sirve el DEUC de declaración responsable a los efectos de acreditar la solvencia técnica?