Ir al contenido

El pasado día dieciséis de marzo, el Tribunal Supremo dictaba una sentencia que venía a confirmar un criterio previo sobre el fraude en la interinidad por vacante. Se certificaba la necesidad del estudio caso por caso de las situaciones planteadas alejándose de criterios objetivos que, previamente, parecían fijar en tres años el tope máximo de estos contratos antes de convertirlos en Indefinidos no Fijos.: (a propósito de la sentencia de la AP de Zaragoza 287/2020, de 20 de noviembre).


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2025 INAP - Todos los derechos reservados