Ángel Jurado Segovia
Cuando se presenta una demanda denunciando una conducta de acoso en el trabajo atentatoria de los derechos fundamentales, si tales actos se imputan, no directamente al empresario, sino a otro dependiente del mismo, la relación jurídico-procesal no queda correctamente configurada si la demanda se dirige solamente contra la empresa, debiéndose demandar también al trabajador al que se le imputa la conducta denunciada.