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Plus salarial por objetivos e incapacidad temporal: la retribución variable por objetivos regulada por la negociación colectiva en el grupo de empresas CEPSA no puede ser objeto de minoración en caso de superación del 4% de absentismo, incluido el derivado de las ausencias por incapacidad temporal. Tampoco es lícita la percepción de dicha retribución variable en proporción al tiempo de prestación efectiva de servicios durante el año del devengo del plus salarial si los objetivos individuales no son objeto de modulación a la baja para atender los periodos de inasistencia al trabajo...: STS, 4.ª (Pleno), 29-5-2026, núm. 522/2026, recurso de casación 28/2025. Ponente: Luisa María Gómez Garrido


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