Descanso adicional por convenio colectivo y antiabsentismo: el premio de continuidad establecido por el convenio colectivo de Exolum, consistente en un día adicional de descanso por cada semestre con cero absentismo, no puede tomar en consideración las ausencias al trabajo ligadas a derechos fundamentales como la incapacidad temporal, los permisos legales o convencionales por conciliación y similares: STS, 4.ª, 16-6-2026, núm. 547/2026, recurso de casación 97/2025. Ponente: Juan Molins García-Atance