El presente trabajo tiene por objeto el análisis del contrato de «meal sharing» como manifestación de la economía de plataforma en el ámbito de la gastronomía. Aunque dicha práctica, consistente en la oferta de comidas y cenas en domicilios particulares, todavía no está muy extendida en España, la popularidad que goza en países vecinos y la tendencia al alza del turismo experiencial, son circunstancias que determinan la necesidad de su estudio desde un punto de vista jurídico. La falta de una regulación específica y la aplicación de un marco normativo previsto para negocios de restauración tradicionales dificultan notablemente el desarrollo de dicha actividad. No obstante lo anterior, este trabajo plantea, de lege ferenda, una posible reforma que atienda a los diversos intereses, donde los anfitriones queden sujetos a normas claras y proporcionadas, las administraciones ejerzan un control efectivo y los turistas cuenten con nuevas experiencias gastronómicas.
This paper analyses the meal sharing contract as a manifestation of the platform economy within the gastronomic sector. Although this practice-consisting of offering meals in private homes-is not yet widespread in Spain, its popularity in neighbouring countries and the growing trend towards experiential tourism justify its examination from a legal perspective. The absence of specific regulation and the application of a legal framework designed for traditional restaurant businesses significantly hinder the development of this activity. Nevertheless, the paper proposes, de lege ferenda, a possible regulatory reform that balances the various interests involved under which hosts would be subject to clear and proportionate rules, public authorities to exercise effective oversight, and tourists to access new gastronomic experiences.