La neurotecnología constituye uno de los mayores desafíos contemporáneos para el Derecho, al incidir directamente sobre la identidad, la libertad y la privacidad de las personas, así como sobre el orden social existente. En el último decenio, en un escenario de percepción social de riesgo frente a la neurotecnología, en distintos países se han propuesto y aplicado respuestas varias para neutralizar con celeridad los riesgos neurotecnológicos más relevantes. En este estudio se parte de esta realidad y se proponen algunas coordenadas metodológicas elementales con las que elaborar, a partir de ahora, respuestas jurídicas más estructuradas o sistemáticas y con mayor recorrido. Esto incluye, en primer lugar, la adaptación meticulosa de cualquier respuesta jurídica al estado de la ciencia, la técnica y la ética. En segundo lugar, antes de aprobarse nuevas leyes o nuevos derechos, es imprescindible identificar y valorar en qué medida el Derecho vigente ya ofrece algunas respuestas frente a los riesgos neurotecnológicos. En tercer lugar, el análisis del Derecho vigente y la elaboración de un nuevo Derecho de la neurotecnología debe hacerse a partir de un catálogo de conceptos y criterios tendencialmente estable, que sirva no sólo como guía para aprobación de nuevas leyes y la creación de nuevos derechos, sino también como instrumento para la comparación de diversos Derechos nacionales e internacionales.
Neurotechnology is one of the greatest contemporary challenges for law, as it directly affects people’s identity, freedom, and privacy, as well as the existing social order. Over the last decade, due to the social perception of risks raised by neurotechnology, various legal responses have been proposed and implemented in different countries to quickly neutralize the most significant neurotechnological risks. This study takes this reality as its starting point and proposes some basic methodological guidelines for developing more systematic and far-reaching legal responses going forward. This includes, first, the careful adaptation of any legal response to the state of science, technology, and ethics. Secondly, before new laws or new rights are approved, it is essential to iden-tify and assess the extent to which existing law already offers some responses to neurotechnological risks. Thirdly, the analysis of current law and the development of a new neurotechnology law must rely on a relatively stable set of concepts and criteria serving not only as a guide for new laws and new rights, but also as a tool for comparing different national and international laws.