Madrid, España
Una de las materias más complejas del Derecho del Trabajo es probablemente su sistema de fuentes por incorporar cánones ajenos al resto del ordenamiento. Por una parte, la propia noción del Convenio colectivo de eficacia general, una norma con alcance cuasipúblico, negociada por sujetos privados, pero dotados de representación institucional; y con una naturaleza híbrida, que la aleja y aproxima de forma simultánea tanto de los contratos privados, como de las normas legales. Por otra parte, la articulación de los convenios colectivos, caracterizada por una relación multinivel no jerarquizada, que dificulta la determinación de la norma vigente y que se traduce en una imagen de cierta descoordinación para aquel que se aproxima por vez primera al sistema de fuentes laboral.
Este artículo analiza en profundidad diferentes escenarios conflictivos, tratando de aportar reglas y criterios interpretadores para determinar el convenio colectivo aplicable en cada caso. A saber: los supuestos de descentralización productiva, la nueva prioridad aplicativa del convenio autonómico y provincial, los centros especiales de empleo, el sector público y el teletrabajo.
One of the most intricate aspects of Labour Law is its system of sources, which incorporates principles uncommon in other branches of the legal order. On the one hand, the concept of the collective agreement with general effectiveness—a norm with quasi-public impact, negotiated by private actors endowed with institutional representation—exhibits a hybrid nature that simultaneously aligns with and diverges from both private contracts and statutory law. On the other hand, the structure of collective bargaining is defined by a non-hierarchical, multilevel framework, which complicates the identification of the applicable norm and may appear disjointed to those unfamiliar with the labour law system.
This article offers a detailed analysis of various conflict scenarios, proposing interpretative criteria to determine the applicable collective agreement in each case. Specifically, it addresses productive decentralization, the new priority of regional and provincial agreements, special employment centers, the public sector, and teleworking.