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Prevención de riesgos laborales en el teletrabajo y sillas ergonómicas: Ni la empresa está obligada a proporcionar a todos los teletrabajadores sillas ergonómicas si no está previsto en el acuerdo de trabajo a distancia o en el convenio colectivo ni los riesgos ergonómicos pueden ser apreciados sin una previa evaluación: STS, 4ª, 10-9-2025, rcud 14/2024. Ponente: Ana María Orellana Cano


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