Ingreso mínimo vital y custodia compartida de los hijos: En caso de custodia compartida los hijos menores forman parte de la unidad de convivencia del progenitor en cuya vivienda se encuentren domiciliados, sin que el otro progenitor pueda incrementar la cuantía de la prestación asistencial de seguridad social en atención a dichos hijos: STS, 4ª, 18-7-2025, rcud 1996/2024. Ponente: Sebastián Moralo Gallego