Las últimas sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo sobre la posibilidad de deducir del incentivo pactado el periodo en el que la persona trabajadora hubiera estado en situación de incapacidad temporal son opuestas. La Audiencia Nacional considera que si el sistema de retribución variable prevé descuentos durante una baja médica y el trabajador está informado, la discriminación es menos probable. En el otro lado está el Tribunal Supremo, que favorece la protección del trabajador, evitando reducciones de incentivos vinculadas a la salud. Esta situación recomienda revisar los acuerdos empresariales que contemplen descuentos por absentismo debido a salud, dado que podrían ser nulos por resultar discriminatorios.