José Domingo Monforte, Sofía Sisamón Bonafonte
Se parte del consentimiento que perfecciona la compraventa de bienes inmuebles, bastando para que se genere el vínculo obligatorio que el contrato determine la cosa objeto y el precio, aunque no se haya producido la entrega de la cosa ni el pago del precio, y su distinción de otras figuras como lo es la promesa de vender o comprar, habiendo conformidad en la cosa y en el precio. Se aborda la casuística y problemática del pacto de arras penitenciales del artículo 1454 del Código Civil, el deslinde jurídico entre la compraventa y otras figuras contractuales promisorias o preparatorias, sosteniendo que no se está ante una suerte de figura contractual autónoma, sino ante un pacto condicional —la multa por el desistimiento—, no deja de ser instrumental y accesorio en la compraventa, reclama requerimiento resolutorio.