Madrid, España
El principio de proporcionalidad aparece como consolidado tanto en la doctrina como en la práctica de nuestro entorno. Pese a que su reconocimiento –salvo en las constituciones más jóvenes– no suele ser expreso en el texto constitucional, los tribunales constitucionales han reconocido su estatus de principio constitucional. No obstante, al tratarse de una institución abstracta y no explícitamente articulada en el texto de la ley, sus contornos no están claros. Por ello, interesa desarrollar un análisis del estado de la cuestión del principio de proporcionalidad penal en España, tratando de evaluar qué nivel de protección garantiza, qué grado de desproporción exige el principio para actuar sobre una medida penal, si se distinguen claramente las variantes de proporcionalidad de la intervención penal y proporcionalidad del castigo, si en la práctica legislador y juzgadores están sujetos al principio y qué elementos se comparan para determinar que la medida es proporcionada. Para ello, en esta sede es idóneo el desarrollo del estudio de Derecho comparado, por lo que se complementará el examen de la jurisprudencia constitucional en España con un análisis de la situación del principio en Italia –cuna del constitucionalismo penal y que responde a la tradición de Derecho civil–, y en EE. UU. –origen del retribucionismo y donde se encontraron los primeros desarrollos del principio, que responde a una tradición de Derecho común–.
Fecha de recepción: 25.02.2025Fecha de aprobación: 10.06.2025
The principle of proportionality appears to be consolidated both in doctrine and in practice in our context. Although its recognition – except in the youngest constitutions – is not usually explicit in the constitutional text, the constitutional courts have recognized its status as a constitutional principle. However, as it is an abstract institution and not explicitly developed in the text of the law, its contours are not clear. Therefore, it is of interest to develop an analysis of the state of the art of the principle of criminal proportionality in Spain, trying to assess what level of protection it guarantees, what degree of disproportionality the principle requires to act on a criminal measure, whether the variants of proportionality of criminal intervention and proportionality of punishment are clearly distinguished, whether in practice legislators and judges are subject to the principle and what elements are compared to determine that the measure is proportionate. For this purpose, the study of comparative law is of interest here, so the study of constitutional jurisprudence in Spain will be complemented with an analysis of the situation of the principle in Italy – the source of criminal constitutionalism and which responds to the civil law tradition –, and in the USA – origin of retributivism and where the first developments of the principle were found, which responds to a common law tradition –.
Received: 25.02.2025Accepted: 10.06.2025