Juan Manuel Acuña Roldán
Al resolver la contradicción de tesis 351/2014, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los órganos del Poder Judicial federal, tanto en amparo directo como indirecto, deben realizar un control de constitucionalidad ex officio respecto a las leyes aplicadas en el acto reclamado y no sólo respecto a las leyes procesales que son competentes para aplicar. Con esta decisión, el control constitucional en el marco del juicio de amparo se ha expandido, elevando el nivel de eficacia de este proceso constitucional para la adecuada protección de los derechos humanos.
In the contradiction of thesis 351/2014, the Mexican Supreme Court of Justice ruled that all the federal judges must perfom constitutional review in the “juicio de amparo directo e indirecto”, with respect to the laws applied in the claimed act and not only with respect to the procedural laws that are competent to apply. With this decision, constitutional control in the juicio de amparo has been expanded, raising the level of effectiveness of this constitutional process for the appropriate protection of human rights.