Los departamentos de Recursos Humanos siguen teniendo novedades de reciente aplicación. Y es que la reforma del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que entró en vigor el pasado 3 de abril, refuerza la protección de los empleados frente a incumplimientos salariales por parte del empleador. En concreto, precisa los criterios para que el retraso en el pago de salarios o el impago de los mismos justifique la extinción del contrato laboral con derecho a la indemnización por despido improcedente. Esta modificación forma parte de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, cuyo objetivo es optimizar la eficiencia del Servicio Público de Justicia. El siguiente artículo aborda esta reforma, que puede ser utilizada por las personas que desean abandonar su puesto de trabajo con derecho a indemnización y prestación por desempleo.