Cesión de trabajadores a través de una empresa contratista que no es una ett y principio de igualdad de trato de los trabajadores cedidos: primera aplicación de la doctrina del TJUE Omnitel y de la Directiva 2008/104/CE, que supone que el convenio colectivo que resulta de aplicación al trabajador cedido por una empresa que no es formalmente una ETT no puede establecer peores condiciones que las que se aplican a los trabajadores contratados directamente por la empresa cliente: STSJ de Madrid, 6-11-2024, rec. 538/2024. Ponente: Rafael López Parada