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Derecho de huelga y descentralización productiva: Vulnera el derecho de huelga de los trabajadores del empresario contratista la decisión del empresario principal de significativa minoración de los encargos distribuidos al empresario contratista durante la larga huelga indefinida e intermitente desarrollada en esta empresa, incrementando los encargos de servicios a otros empresarios contratistas no afectados por huelga alguna. Y todo ello, y a diferencia de sentencias anteriores, sin que los empresarios principal y contratista formen parte de un grupo mercantil de empresas: STS, 4ª (Pleno), 14-11-2024, recurso de casación 227/2022. Ponente: Sebastián Moralo Gallego


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