El pacto sobre el rendimiento y su determinación en las cláusulas de un contrato es válido siempre que no sea abusivo. Una sentencia reciente del Supremo ha declarado abusiva una estipulación incluida por la empresa Digitex en una pluralidad de contratos de teleoperadores. Esta le permitía extinguir la relación laboral sin indemnización si los empleados no alcanzaban el 75% de la media de la producción mensual del servicio. El alto tribunal también ha declarado nula otra cláusula que afectaba a los captadores de socios de la ONG Médicos sin Fronteras. A esta novedosa jurisprudencia dedicamos el presente artículo, pues casi con toda seguridad el Supremo declarará abusiva cualquier extinción automática al amparo de una cláusula de rendimiento