En la actualidad nos encontramos con un auge de apariciones en redes sociales de menores de edad, incluso bebés, que son expuestos por sus propios progenitores ante toda una comunidad seguidores.
Las redes sociales, en las últimas décadas, se han convertido en un medio social de entretenimiento para todas las edades totalmente aceptado, sin embargo, no nos percatamos de que se han convertido también en un medio publicitario en el que muchas marcas ofrecen sus productos y servicios a través de personas “influencers”, en este caso menores influencers, que generan un impacto dentro del público al que se dirigen. Así estos menores son “utilizados” por las marcas para que sus productos lleguen a un público donde sus campañas publicitarias tradicionales no llegan a hacerlo.
Sin embargo, desde una perspectiva legal, cabe preguntarnos si esa exposición puede vulnerar derechos del menor. Cuestionarnos si al tratarse de prácticas de naturaleza publicitaria, estamos ante contratos de trabajo de menores de 16 años y cuál es su regulación. Qué responsabilidad tienen los padres frente a esas prácticas y si las mismas son ética y moralmente correctas.