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Plus de transporte y naturaleza salarial o extrasalarial: Aunque el convenio colectivo califique el plus de transporte como percepción extrasalarial, la presunción iuris tantum del artículo 26.1 ET juega a favor de la naturaleza salarial cuando se perciba el plus todos los meses en la misma cuantía, con inclusión del mes de vacaciones y se incluya el plus tanto en el cálculo de las pagas extraordinarias como en las mejoras voluntarias de seguridad social: STS, 4ª (Pleno), 23-10-2023, recurso de casación 287/2021. Ponente: Juan Molins García-Atance


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