Valladolid, España
La cuestión que se dilucida en este asunto es si la exclusión establecida en la vigente Ley checa de Partidos y Movimientos Políticos, que reserva a «los ciudadanos» checos el derecho a asociarse en partidos y movimientos políticos es compatible con lo dispuesto en el art. 22 TFUE, que consagra el derecho de todo ciudadano de la Unión que resida en un Estado miembro del que no sea nacional a ser elector y elegible tanto en las elecciones municipales como en las europeas que se celebren en el Estado miembro en el que resida «en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado».