El presente trabajo centra su atención en dos aspectos claves dimanantes de las relaciones jurídicas patrimoniales entabladas entre sujetos privados con la presencia del vector internacional. Por un lado, se analiza cómo debe ser entendida la existencia del elemento internacional al objeto de poder delimitar el tribunal competente a la luz del Reglamento (UE) 1215/2012 y, por otro, se evalúa la incorporación del foro protector de consumo en favor del tribunal del domicilio del consumidor habida cuenta de la existencia de un incumplimiento contractual —ausencia de información clara y comprensible— llevado a cabo por el grupo turístico alemán FTI frente a un cliente que presenta domicilio, igualmente, en Alemania a raíz de la contratación de un package travel