María del Carmen Núñez Zorrilla
Se camina a nivel mundial hacia la automatización total de los vehículos o vehículos sin conductor, escalando hacia niveles de autonomía cada vez mayores. Es en los niveles 4 y 5 de automatización, en los que se puede prescindir del conductor humano, en los que, las nuevas características de funcionamiento de esta nueva tecnología hacen muy difícil la aplicación de los sistemas tradicionales de responsabilidad civil.
De ahí la importancia de articular un sistema de responsabilidad asequible y accesible para los perjudicados.Desde la UE se impulsa el desarrollo de los vehículos autónomos mediante diferentes iniciativas que por el momento no están incidiendo en el aspecto concreto de la responsabilidad civil derivada de accidente, habiéndose dejado por ahora en manos de las legislaciones internas de los Estados miembros la concreción de un régimen específico de responsabilidad en este ámbito. En España, en cumplimiento de los mandatos provenientes de la UE, el Ministerio del Interior ha iniciado un paso importante en la construcción de un marco regulatorio para los niveles 4 y 5 de automatización en los vehículos por medio de la publicación del borrador del Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y el Reglamento General de Vehículos aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de conducción automatizada (RDCA), poniéndose así a la altura de Países como Reino Unido, Japón, China y Alemania.Este trabajo estará dedicado al análisis de los avances aportados por el reciente RDCA en el ámbito concreto de la responsabilidad civil, tras las últimas iniciativas legislativas europeas en la materia, así como a la elaboración de una propuesta de regulación de la responsabilidad civil para la conducción altamente automatizada o autónoma en el ordenamiento español, ante las lagunas e insuficiencias detectadas en el RDCA