Madrid, España
La Directiva (UE) 2024/2831 trata de hacer frente a los riesgos asociados a la expansión del trabajo en plataformas, en especial en lo relativo a la eventual clasificación errónea de la situación laboral de quienes realizan el trabajo y al uso por tales plataformas de sistemas automatizados de seguimiento o de toma de decisiones. Muchas de esas plataformas tienen dimensión internacional y llevan a cabo sus actividades en múltiples Estados, al tiempo que en ocasiones el trabajo en plataformas se realiza exclusivamente en línea, lo que incrementa la deslocalización. En consecuencia, las implicaciones internacionales de este instrumento tienen especial relevancia. Tras abordar los conceptos básicos sobre los que se construye la Directiva y ofrecer una somera visión de conjunto de su contenido, se analiza el ámbito de aplicación territorial de las nuevas normas, que se configuran como disposiciones internacionalmente imperativas. Se valoran también las implicaciones en el ámbito del Derecho internacional privado de algunas de las principales novedades que la Directiva introduce, en particular, la presunción relativa a la determinación del carácter laboral de la relación contractual entre la plataforma y quien realiza trabajo a través de ella, así como del derecho de reparación que prevé para quienes realizan trabajo en plataformas.