Es reseña de:
La negociación colectiva como fuente reguladora de las condiciones de trabajo: de los contenidos tradicionales a la nueva extensión material del convenio colectivo
Veinte años de negociación colectiva: de la regulación legal a la experiencia negocial / Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (España) (ed. lit.), 2001, ISBN 84-8417-052-7, págs. 159-181
La negociación colectiva como fuente reguladora de las condiciones de trabajo y de empleo es el objeto de este trabajo publicado en 2001 por el profesor Efrén Borrajo Dacruz, centrándose en particular en la evolución desde los contenidos tradicionales del convenio colectivo a su nueva extensión material. Los dos ejes centrales de la evolución del contenido del convenio colectivo para el Prof. Borrajo son, por una parte, lo que denomina “ley de conservación de la materia jurídica” y, por otra parte, la “recepción de los nuevos temas legales”. Destaca el Prof. Borrajo que los convenios colectivos en su estructura o sistemática y en su catálogo de materias responden a precedentes pero al mismo tiempo está llamado a cambiar. De este modo, el desarrollo histórico de cualquier convenio colectivo tiene un carácter estático, pues mantiene su estructura básica; y al mismo tiempo cambiante, porque va adaptando su contenido a las vicisitudes que sobrevienen en las normas legales de referencia y en las aspiraciones de las partes que lo firman.
Collective bargaining as a regulatory source of working and employment conditions is the subject of this work published in 2001 by Professor Efren Borrajo Dacruz, focusing in particular on the evolution from the traditional contents of the collective agreement to its new material extension. The two central axes of the evolution of the content of the collective agreement for Prof. Borrajo are, on the one hand, what he calls “law of conservation of legal matter” and, on the other hand, the “reception of new legal issues”. Highlights Prof. Borrajo that collective agreements in their structure or systematics and in their catalog of subjects respond to precedents but at the same time is called to change. In this way, the historical development of any collective agreement has a static character, since it maintains its basic structure; and at the same time changing, because it adapts its content to the vicissitudes that occur in the legal norms of reference and in the aspirations of the parties that sign it.