Los artículos 24, 39 y 41 de la Carta de las Naciones Unidas permiten al Consejo de Seguridad adoptar las medidas que considere necesarias (sin incluir el uso de la fuerza), para mantener o recuperar la paz y seguridad internacionales. Asimismo, la normativa dota al Consejo de la capacidad para instar a los Estados Miembros a ejecutar dichas medidas. Durante la última década, el Consejo ha impuesto sanciones económicas y comerciales en numerosas ocasiones, lo que ha despertado la preocupación no sólo de la sociedad civil internacional, sino también de las diversas agencias de Naciones Unidas vinculadas con los derechos humanos.