Juan Luis Ortega Calderón
Frente a la prohibición legal de las preguntas sugestivas, la doctrina de la Sala Segunda contribuye a relativizar su importancia como garantía del proceso debido, ofreciendo una interpretación que supera la importancia de la pregunta sugestiva frente al interrogatorio sugestivo, exigiendo valorar el contexto en el que se produce, su influencia en el resto del material cuadro probatorio, la capacidad del mismo para diluir la importancia de la sugestión y la existencia de alternativas procesalmente viables, como premisas sobre las que asentar una decisión sobrevenida de admisibilidad o de exclusión.