José Luis Rodríguez Lainz
Recientes pronunciamientos del Tribunal de Justicia y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos muestran marcadas diferencias a la hora de manifestarse sobre la permeabilidad de información obtenida en causas penales, especialmente con afectación de derechos fundamentales, a procedimientos administrativos, en concreto, sancionadores o de índole tributaria. La tesis contraria del TJUE se enfoca en el supuesto de injerencias sometidas al mandato de la Directiva 2002/58/CE, pero con una indiscutible vocación expansiva. La más favorable del TJUE se centra en el alegato de un imperioso interés público para el ejercicio de la acción administrativa, no necesariamente el propio del procedimiento penal, evitación de riesgos de abuso o arbitrariedad en la decisión de transferencia de información y sometimiento de la misma a criterios de proporcionalidad y necesidad. La legislación española se muestra claramente dubitativa, aunque especialmente exigente del respeto de un innegable principio de legalidad; cuyo alcance se muestra en buena parte impreciso.