Mucho se ha escrito sobre la obediencia debida en relación con el Derecho Penal a efectos, de si esta puede ser una causa de justificación, eximente o no de la responsabilidad penal. Esta cuestión está aclarada en nuestro Derecho al respecto de considerar la Jurisprudencia y la Doctrina que el límite de esa obediencia debida se encuentra en la legalidad de la orden. Mucho menos en claro está el caso en el que, aun no siendo manifiestamente ilegal, la orden en cuestión, no se ajuste a Derecho. Entendemos que, en el ámbito de la Doctrina Científica, como fuente de Derecho, ha preocupado en extremo la protección de quien pudiera ser víctima del cumplimiento de una orden ilegal pero mucho menos la responsabilidad disciplinaria de aquel que en el medio Administrativo policial o Militar se niega a obedecer una orden que no es manifiestamente ilegal, pero transgrede, no ya normas jurídicas concretas sino principios generales del Derecho e incluso la lógica o el sentido común.