La calificación definitiva de una vivienda como vivienda de protección pública, para uso propio de precio básico, por la Comunidad de Madrid, es lo que determina que, como vivienda equiparable a las Viviendas de Protección Oficial (VPO), goce de la bonificación de un 50 % en la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.